FIJACION DE TARIFAS DEL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 31/07/1995
Publicación: 15/08/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

    Fíjase en $ 49,50 (pesos uruguayos cuarenta y nueve con cincuenta
centésimos) el valor de la Unidad Sectorial de Transporte a los efectos
del pago de las sanciones impuestas con anterioridad a la vigencia del
Decreto de 11 de febrero de 1992.
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