FIJACION DE LOS LIMITES TERRITORIALES DE LAS SECCIONALES POLICIALES. TREINTA Y TRES




Promulgación: 27/05/1986
Publicación: 24/06/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 1142
   Visto: estos antecedentes relativos a la reestructuración de los
límites de las Seccionales Policiales del departamento de Treinta y Tres,
fijadas por decreto 296/982, de 31 de agosto de 1982.

   Considerando: I) Que la Jefatura de Policía de dicho departamento ha
elevado un proyecto a tales efectos, elaborado sobre la base de una mejor
distribución de los medios policiales, acorde a las exigencias del
servicio y la eficiencia con la que el mismo debe prestarse,

   II) Que se comparten los motivos que han dado lugar a la iniciativa,
por lo que,

                     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Fíjanse los siguientes límites para las Seccionales Policiales del
departamento de Treinta y Tres:
   A) 1ª Sección: (Ciudad) calle Joaquín Artigas hasta Julián Laguna, por
ésta hasta Carmelo Colman, por ésta hasta Bulevar Juan Ortiz, por éste
hasta calle Manuel Flores Mora, por esta hasta su nacimiento en vía
férrea, por ésta hasta el cruce en el Río Olimar, por este río hasta el
cruce del Puente Nuevo de Ruta 8, por esta Ruta hasta calle Lucas
Urrutia, y por esta calle Joaquín Artigas;
   B) 2ª Sección (Enrique Martínez). El arroyo Corrales desde la Cuchilla
de Dionisio hasta su desembocadura en arroyo Parao, éste hasta su
desembocadura en el río Cebollatí, este río hasta el río Olimar, éste
hasta el arroyo de los Ceibos, este arroyo hasta su nacimiento en
Cuchilla Dionisio y esta cuchilla hasta la naciente del arroyo Corrales;
   C) 3ª Sección (Estación Rincón). El río Tacuarí desde la desembocadura
de la Cañada Divisoria hasta la desembocadura de la laguna Merín, ésta
desde la desembocadura del río Tacuarí hasta la desembocadura del río
Cebollatí, por este río hasta la desembocadura del arroyo Parao, este
arroyo hasta la desembocadura de la cañada de las Casas, ésta hasta su
origen en cuchilla Falsa, desde esta cuchilla una línea recta hasta el
origen de la Cañada Divisoria;
   D) 4ª Sección (Cuchilla de Dionisio). La Cuchilla Grande desde el
origen del arroyo Yerbal Grande hasta el origen del arroyo Parao, este
arroyo hasta la desembocadura del arroyo Leoncho, éste hasta su
nacimiento en la cuchilla de Dionisio, ésta hasta ruta 8, por ésta hasta
camino que conduce al Paso de la Pacífica sobre arroyo Yerbal Grande y
por este arroyo hasta su origen en la Cuchilla Grande.;
   E) 5ª Sección (Villa María Isabel): la cuchilla Grande desde el origen
del arroyo Sánchez hasta el origen del arroyo Yerbal Grande, este arroyo
hasta su desembocadura en el río Olimar, por este río hasta la
desembocadura del arroyo La Ternera, este arroyo hasta la desembocadura
del arroyo Sánchez, por éste hasta su nacimiento en la Cuchilla Grandes;
   F) 6ª Sección (Cerro Chato): Arroyo Del Carmen desde su origen en Cuchilla Grande hasta su desembocadura en el Río Olimar, este río hasta la desembocadura del Río Olimar Chico, éste hasta su origen en la Cuchilla Grande (límite departamental) y por ésta hasta el kilómetro 246 de la Ruta Nacional N° 7 -General Aparicio Saravia, desde allí por el límite departamental hasta Camino al Cementerio, siguiendo por ramal de Río Yí al Oeste y luego por Río Yí al Norte (límite departamental con Durazno). En Villa Cerro Chato sigue el límite departamental entre Durazno y Florida (calle Comercio hasta calle Del Yí, por ésta hasta calle 18 de Julio y por ésta sigue por calle 5 hasta la intersección con Ruta Nacional N° 7 -General Aparicio Saravia), por último, por Ruta Nacional N° 7 -General Aparicio Saravia hasta el origen del Arroyo Del Carmen.; (*)
   G) 7ª Sección (Villa Sara): río Olimar desde la desembocadura en el
río Cebollatí, este río hasta la desembocadura del arroyo Corrales, este
arroyo hasta su origen, desde este punto una línea recta hasta la
desembocadura del arroyo Averías, Sauces o Molles en el río Olimar Chico
y éste hasta su desembocadura en el río Olimar Grande;
   H) 8ª Sección (Santa Clara del Olimar): la Cuchilla Grande desde el
origen del arroyo Sánchez hasta el Km 288,002 de la Ruta 7, desde aquí
una línea amojonada hasta su último mojón (13), desde frente a este mojón
(Camino Nacional de la Cuchilla Grande) hasta la altura del arroyo
Cordobés, continuando la Cuchilla Grande hasta el origen del arroyo Del
Carmen, por este arroyo hasta la desembocadura del río Olimar, por este
hasta la desembocadura del arroyo La Ternera, por este hasta la
desembocadura del arroyo Sánchez y por este hasta su naciente;
   I) 9ª Sección ( Vergara): Arroyo Leoncho desde su origen en cuchilla
de Dionisio hasta su desembocadura en arroyo Parao, este arroyo hasta la
desembocadura del arroyo Corrales, éste hasta su origen en la cuchilla de
Dionisio, y ésta hasta el origen del arroyo Leoncho;
   J) 10ª Sección (Las Chacras): Camino de la Calera desde el arroyo
Yerbal hasta camino Perinetti, de este una línea recta imaginaria hasta
el camino de entrada al Campo de Aviación, por este camino hasta la ruta
17, por esta ruta hasta Paso Ancho en Cañada de las Piedras, por esta
cañada hasta la calle Carmelo Colman, por esta calle hasta calle Julián
Laguna, por ésta calle Joaquín Artigas, por esta calle hasta calle Lucas
Urrutia, esta calle hasta ruta 8, esta ruta hasta su cruce en el río
Olimar Grande, por este río hasta la desembocadura del arroyo Yerbal
Grande y por este arroyo hasta el Paso del Camino de la Calera;
   K) 11ª Sección (Cañada de las Piedras): Ruta 8 desde cuchilla de
Dionisio hasta el camino que conduce al Paso de la Pacífica en arroyo
Yerbal Grande, por este arroyo hasta el paso del camino de la Calera, por
este camino hasta camino Perinetti, de este camino una línea recta
imaginaria hasta el camino de entrada al Campo de Aviación, por este
camino hasta ruta 17, por esta ruta hasta Paso Ancho, en Cañada de las
Piedras, por esta Cañada hasta su desembocadura en río Olimar Grande, por
este río hasta la desembocadura del arroyo Los Ceibos, por este arroyo
hasta su naciente en cuchilla de Dionisio y por esta hasta ruta 8.

(*)Notas:
Literal F) redacción dada por: Decreto Nº 53/024 de 08/02/2024 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 284/986 de 27/05/1986 artículo 1.

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO
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