MODIFICACION DEL MONTO IMPONIBLE PARA EL IMPUESTO DE PATENTE DE RODADOS. MALDONADO. EJERCICIO 1978




Promulgación: 24/05/1978
Publicación: 31/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 964
 Visto: estos antecedentes relativos a la modificación del monto imponible
del Impuesto de Patente de Rodados, para el ejercicio 1978, proyectado por
la Intendencia Municipal de Maldonado.

 Resultando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha
emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen,
ambos favorables.

  Considerando: que el nuevo monto del impuesto de Patente de Rodados,
para el año 1978, tendrá como base imponible los valores del aforo,
determinados por las tablas del Banco de Seguros del Estado, vigentes al
31 de octubre de 1977.

 Atento: a lo informado por la Asesoría Económica Financiera, la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, Tribunal de Cuentas
de la República, en su dictamen y a lo dispuesto por el artículo 5º,
inciso b) del decreto constitucional 3/976,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Apruébase la modificación del monto imponible para el Impuesto de
Patente de Rodados, por el Ejercicio 1978, del departamento de Maldonado,
solicitada por la Intendencia Municipal del mencionado departamento.

Artículo 2

  Dicho impuesto tendrá como base imponible los valores del aforo
determinados por las tablas del Banco de Seguros del Estado vigentes al 31
de octubre de 1977.

Artículo 3

 Comuníquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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