TRANSFORMACION DE LOS CARGOS VACANTES EN EL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 09/10/2017
Publicación: 18/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, acorde a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013 y su Decreto reglamentario 334/011 de 21 de setiembre de 2011.

   RESULTANDO: que las citadas normas autorizan al Poder Ejecutivo a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los cargos que se consideren necesarios para su funcionamiento, hasta tanto se apruebe la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso correspondiente.

   CONSIDERANDO: I) que las transformaciones gestionadas son a efectos de dar un correcto cumplimiento a la misión fundamental de la Unidad Ejecutora 035 "Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional".

   II) que existe Informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos solicitadas.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013 y a lo preceptuado por el Decreto Reglamentario 334/011 de 21 de setiembre de 2011.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorizar la transformación de los cargos vacantes en los cargos vacantes de la Unidad Ejecutora 035 "Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", que se proponen en el Anexo   que se adjunta y se considera parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 283/017 de 
09/10/2017.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE MENÉNDEZ - DANILO ASTORI
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