{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "283" 
  ,"anioNorma" : 2000 
  ,"nombreNorma" : "ACTUALIZACION DE MONTOS DE SERVICIOS PUBLICOS PRESTADOS POR LA DIRECCION NACIONAL DE POLICIA TECNICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2000/10/11/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/10/2000" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/10/2000" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2000 
  ,"pagina" : 634 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/283-2000?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: el artículo 41 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986 que\r\nestableció la autorización a las dependencias del Ministerio del Interior\r\na cobrar el costo de los servicios conexos o que no son cometido\r\nespecífico, dando cuenta a la Asamblea General.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que se ha incrementado el número de los mismos, prestados\r\npor la Dirección Nacional de Policía Técnica, que refieren a Certificado\r\nde Antecedentes Judiciales (urgente para pasaporte), Estudio de ADN\r\n(paternidad), Peritajes Caligráficos, Documentación Comentada de\r\nEstructuras Faciales, Relevamiento de Indicios Materiales en Materia de\r\nAccidentología Vial y Laboral e Identificación por Revenido Químico sobre\r\nMetales, lo que trae aparejada la necesidad de volcar una mayor cantidad\r\nde recursos humanos materiales a fin de cumplir con los mismos.\r\n\r\nII) que la mejora de los sistemas informáticos de dicha Dirección\r\nNacional, permite brindarlos, incorporando la información de los textos y\r\nla utilización de la computación para la confección de los relevamientos\r\nplanimétricos, aumentando su precisión y calidad.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que dichos servicios implican la realización de\r\ncometidos conexos y aún ajenos a los específicos, y en consecuencia\r\nfactibles de ser cobrados.\r\n\r\nII) que la Dirección Nacional de marras ha procedido a determinar el\r\nvalor a fijarse, basado exclusivamente en el análisis financiero de los\r\ncostos humanos y materiales que los mismos insumen.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/283-2000/1" 
 ,"textoArticulo" : "  La Dirección Nacional de Policía Técnica percibirá por los documentos y\r\ntrámites que a continuación se detallan, los valores que en cada caso se\r\ndeterminan:\r\na)  Certificado de Antecedentes Judiciales (Urgente para pasaporte), a una\r\n    tasa de U.R. 0,80 (unidades reajustables cero con ochenta).-\r\nb)  Estudio de A.D.N. (paternidad), cada muestra, a un precio de U.R. 15\r\n    (unidades reajustables quince).-\r\nc)  Peritajes Caligráficos, a un precio de U.R. 12 (unidades reajustables\r\n    doce).-\r\nd)  Documentación Comentada de Estructuras Faciales, a un precio de U.R.\r\n    10 (unidades reajustables diez).-\r\ne)  Relevamiento de Indicios Materiales en Materia de Accidentología Vial\r\n    y Laboral, a un precio de U.R. 9 (unidades reajustables nueve).-\r\nf)  Identificación por Revenido Químico sobre Metales, a un precio de U.R.\r\n    12 (unidades reajustables doce).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/283-2000/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/283-2000/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - GUILLERMO STIRLING\r\n " 
 }