VARIEDADES VITIS VINIFERAS - VINOS




Promulgación: 16/06/1993
Publicación: 02/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 598
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - NORMAS ESPECIFICAS DE ETIQUETADO

Artículo 13

   El Instituto Nacional de Vitivinicultura no aprobará etiquetas con
menciones relativas a:

a) Valores nutritivos del vino, nombres geográficos o sus
representaciones, susceptibles de inducir a engaños sobre la verdadera
naturaleza, origen, composición, calidad o cantidad del vino envasado;
b) Asimismo no se aprobarán, las que hagan referencias a características
que no pueden ser comprobadas por el análisis físico-químico, sensorial o
documental.
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