CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 7 TRANSPORTE MARITIMO. SUBGRUPO AGENCIAS MARITIMAS




Promulgación: 04/07/1985
Publicación: 22/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Increméntase en un 25% los salarios vigentes al 31 de mayo de 1985 a 
nivel nacional, de los trabajadores de la Marina Mercante desde el 1° de 
junio 1985 hasta el 30 de setiembre de 1985.
Ayuda