FIJACION DE EXCEPCION PARA PROHIBICION DE COMERCIALIZACION INTERNA DE LANA REMANENTE, AUTORIZANDOSE CON DESTINO A LA INDUSTRIA NACIONAL




Promulgación: 06/04/1974
Publicación: 25/04/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Establécese que la prohibición a que se refiere el artículo 4 del Decreto Nº 257/974 sobre la comercialización interna privada de lana remanente de la zafra 1973/74, no regirá aquella comercialización que tenga por destino el abastecimiento de la industria nacional.

Artículo 1



		
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