REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.294 Y LEY 19.172, EN LO RELATIVO A LA REGULACION Y CONTROL DE OPERACIONES LOGISTICAS CON PRODUCTOS DE CANNABIS MEDICINAL TERAPEUTICO EN DEPOSITOS ADUANEROS




Promulgación: 05/10/2020
Publicación: 21/10/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.172 de 20/12/2013,
      Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   (Documentación para exportación)
   1. A efectos de obtener la autorización de exportación por reembarque otorgada por la División de Sustancias Controladas del Ministerio de Salud Pública a la que refiere el artículo anterior, los Depósitos Aduaneros habilitados deberán cumplir con presentar la siguiente documentación:

   a) Detalle completo del nombre del estupefaciente; la denominación 
      común internacional, si la hubiere; la cantidad que ha de 
      exportarse; el nombre y la dirección del importador; el nombre y la 
      dirección del Depósito Aduanero exportador; y se especificará el 
      período dentro del cual habrá de efectuarse la exportación. Dicha 
      información tendrá carácter de Declaración Jurada;

   b) Nombre comercial, nombre de los compuestos activos presentes, 
      cantidad de unidades del producto, cantidad total en gramos de 
      cannabinoides a ser exportados, forma farmacéutica, presentación, 
      fines para los que se requiere la exportación;

   c) Autorización de importación o Certificado de No Objeción, indicando 
      su número y fecha, expedido por las autoridades sanitarias del país
      importador.

   2. A efectos de obtener la autorización de exportación en régimen de reembarque otorgada por la Dirección Nacional de Aduanas a la que refiere el artículo anterior, los Depósitos Aduaneros habilitados deberán cumplir con presentar la siguiente documentación mediante mensaje simplificado:

   a) Ratificación de la información indicada en los literales a) y b) del
      inciso primero del presente artículo;

   b) Fotocopia de la factura proforma o definitiva (con nombre, domicilio
      completo y país de la empresa que factura);

   c) Constancia de pago del certificado de exportación;

   d) Autorización de exportación emitido por el Departamento de  
      Sustancias Controladas del Ministerio de Salud Pública.
Ayuda