Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
mayo de 2009 en $ 417,19 (pesos uruguayos cuatrocientos diecisiete con
diecinueve centésimos).