{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "282" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE COMISIONES INTERDISCIPLINARIAS PARA ESTUDIAR Y APLICAR MEDIDAS TENDIENTES A REDUCIR EL CONSUMO DE COMBUSTIBLES Y ECONOMIZAR ENERGIA EN SUS DIVERSOS USOS \r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/06/11/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/05/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/06/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1599 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 214/979, del 17 de abril de 1979,\r\npor el que se aprobaron diversas medidas y normas tendientes a obtener la\r\nreducción en el consumo de combustibles y una economía en la utilización\r\nde energía.\r\n\r\n Resultando: la referido disposición encomienda a diversas Secretarías de\r\nEstado la reglamentación de los aspectos que fueran necesarios, en los\r\námbitos de sus respectivas competencias.\r\n\r\n Considerando: I) La conveniencia de crear comisiones interdisciplinarias\r\na efectos de proponer normas sobre la implantación de un sistema de\r\naislación térmica en los edificios, sobre las medidas a adoptar para\r\nlograr un considerable ahorro de combustible líquido en los medios de\r\ntransporte y sobre la aplicación de medidas persuasivas y punitivas para\r\nlos infractores del sistema estructurado para ahorrar energía en el sector\r\nindustrial;\r\n\r\n II) Que es necesario fijar un plazo breve para que las referidas\r\ncomisiones expidan las propuestas encomendadas.\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/282-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Créanse las siguientes Comisiones que funcionarán en la órbita del\r\nMinisterio de Industria y Energía:\r\n\r\na)   Comisión con el cometido de programar la implementación de un sistema\r\n     de aislación térmica adecuado en los edificios construidos y a\r\n     construirse, la cual estará integrada por un representante del\r\n     Ministerio de Industria y Energía (Dirección Nacional de Energía) que\r\n     la presidirá, un representante de la Intendencia Municipal de\r\n     Montevideo un representante de las Intendencias Municipales del\r\n     Interior, un representante del Banco Hipotecario del Uruguay y un\r\n     representante de la Cámara de la Construcción;\r\n\r\nb)   Comisión que tendrá el cometido de proyectar las medidas tendientes\r\n     al logro de un considerable ahorro de combustible líquido en los\r\n     medios de transporte que utilicen el producto (mejoras de combustión,\r\n     cumplimiento de reglamentaciones relativas a velocidad máxima de\r\n     circulación de vehículos automotores, etc.) la cual estará integrada\r\n     por un delegado del Ministerio de Interior (Dirección de Policía\r\n     Caminera), un delegado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas\r\n     (Dirección Nacional de Transporte) y un delegado designado por las\r\n     Intendencias Municipales;\r\n\r\nc)   Comisión con el cometido de estructurar jurídicamente la aplicación\r\n     de medidas persuasivas y punitivas frente al incumplimiento del\r\n     sistema establecido para el ahorro de energía en el sector\r\n     industrial, la que estará integrada por dos representantes del\r\n     Ministerio de Industria y Energía, uno de los cuales la presidirá y\r\n     un representante de la Cámara de Industrias del Uruguay. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/282-1979/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/282-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Las Comisiones a que se refiere el artículo anterior deberán expedirse\r\nen un plazo máximo de treinta días a contar de su efectiva integración.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/282-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "     El Ministerio de Industria y Energía proporcionará los recursos\r\nhumanos y materiales que resulten necesarios para el eficaz cumplimiento\r\nde las tareas encomendadas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/282-1979/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - LUIS H. MEYER - MANUEL J. NUÑEZ - VALENTIN ARISMENDI - EDUARDO J. SAMPSON\r\n " 
 }