REGIMEN DE ADMISION TEMPORARIA DE MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCION DE RUTA 1 NUEVO PUENTE SOBRE RIO SANTA LUCIA EN BARRA Y ACCESOS - CONTRATACIONES DEL ESTADO




Promulgación: 14/06/1994
Publicación: 23/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 701
   Visto: El nuevo puente a construirse sobre el Río Santa Lucía, sus
barras y accesos.

   Resultando: I) Que con fecha 14 de octubre de 1993, el Ministro de
Transporte y Obras Públicas aprobó el informe de la Comisión Asesora de
Adjudicaciones por el cual se propuso la nómina de empresas y/o consorcios
a ser precalificados en la Licitación Nº 51/92: Precalificación de
Anteproyectos y Empresas Contratistas para la obra: "Ruta 1-Nuevo Puente
sobre el Río Santa Lucía en la Barra y sus Accesos".
 II) Que en la totalidad de empresas y consorcios precalificados, la
participación de empresas extranjeras es mayoritaria.
 III) Que la naturaleza de los anteproyectos ofrecidos y la dificultad de
las fundaciones de la obra, requieren el empleo de procedimientos
constructivos no tradicionales, para los cuales son necesarios maquinarias
y equipos que no existen en el país.
 IV) Que, por ello, resultaría imprescindible el ingreso de dichas
maquinarias y equipos.

   Considerando: Que dado el carácter de la obra, - financiado, en parte,
por el Banco Mundial (Préstamo IBRD Nº 3021/UR) - se entiende conveniente
que la maquinaria y equipos, que no tengan similar en el país, ingresen
para esa obra, libre de gravámenes.

   Atento: A lo dispuesto por las leyes Nº 3.816 de 15 de julio de 1911 y
Nº 4.268 de 12 de octubre de 1912.

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Las máquinas y equipos necesarios para la construcción de la obra:
"Ruta 1 -Nuevo Puente sobre el Río Santa Lucía en la Barra y sus Accesos,
(Préstamo IBRD Nº 3021/UR)", de acuerdo a la Licitación Nº 51/92, podrán
ingresar al país en régimen de admisión temporaria, permaneciendo dichos
bienes en el país hasta la finalización de la obra.

Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.

AGUIRRE RAMIREZ - JUAN CARLOS RAFFO - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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