{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "280" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL PLAN DE ESTUDIOS DE LA ESCUELA DE METEOROLOGIA DEL URUGUAY PARA 1980" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/07/02/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/05/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/07/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 1035 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión de la Dirección General de Meteorología del Uruguay\r\npor la que solicita la aprobación del Plan de Estudios de la Escuela de\r\nMeteorología del Uruguay.\r\n\r\n   Resultando: que dicho Plan ha sido confeccionado de acuerdo a lo\r\nestablecido en el literal b) del numeral 5 del decreto 546/977, de fecha 4\r\nde octubre de 1977.\r\n\r\n   Considerando: I) Que el Plan proyectado mejora los niveles de enseñanza\r\nde la meteorología mediante la estructuración de nuevos cursos que recogen\r\nlos progresos de esta ciencia y de sus aplicaciones;\r\n\r\n   II) Que la planificación por áreas de especialización dentro de la\r\nmeteorología, permite una incorporación más directa de los alumnos\r\negresados a las áreas técnicas respectivas y crea la posibilidad de opción\r\npara el alumno, en función de su interés por uno u otro sector de las\r\naplicaciones;\r\n\r\n   III) Que se observan las normas y recomendaciones de la Organización\r\nMeteorológica Mundial y de los expertos que actuaron durante los proyectos\r\nde asistencia;\r\n\r\n   IV) Que mejora la base físico-matemática dotando a los egresados de la\r\ncapacidad de recibir cursos de nivel superior en meteorología (Master,\r\nLicenciaturas, etc.) y lo que permitirá a la institución disponer de un\r\nnúmero mayor de candidatos a usufructuar becas en el futuro en\r\nuniversidades extranjeras;\r\n\r\n   V) Que los cursos son clasificados en regulares y especiales según lo\r\nestablecido en los parágrafos 6.1, 6.2 y 6.4.2.1 a) del decreto 48/978\r\n(Reglamento de Organizaciones y Funcionamiento de la Escuela de\r\nMeteorología del Uruguay).\r\n\r\n   Atento: a los fundamentos expuestos,\r\n\r\n                         El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/280-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase el Plan de Estudios de la Escuela de Meteorología del\r\nUruguay, el que quedará redactado de la siguiente manera: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/280-1980/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/280-1980/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/280-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - ARMANDO CHIARINO AGUIRRE\r\n " 
 }