APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2018




Promulgación: 30/01/2018
Publicación: 15/02/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES BASADAS EN LA ESTRUCTURA POSTERIOR AL DECRETO 147/99 DEL
26/5/1999 (ESTATUTO DEL FUNCIONARIO), COMPLEMENTARIOS Y MODIFICATIVOS

Artículo 65

   Los funcionarios pertenecientes al Área de Canales Digitales, que deban realizar tareas de apoyo y asesoramiento a los Servicios contratados para asegurar el correcto funcionamiento del Centro de Contacto en días inhábiles, percibirán un complemento diario equivalente al 6,67% (seis con sesenta y siete por ciento) del sueldo básico del funcionario, que se abonará de acuerdo a los días asignados a dicha tarea. Se abonará a funcionarios de hasta categoría Ejecutivo 2, inclusive, no pudiendo superar el Grado Escala Patrón Única 40.2, previéndose como máximo dos complementos mensuales. Este complemento se regirá por lo que establezca la reglamentación, y no será incluido para el cálculo del valor de la hora extraordinaria establecido en el artículo 10°. Este complemento será incluido para el cálculo del Art. 30° del Estatuto del Funcionario y el sistema de remuneración por cumplimiento de metas.
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