APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2018




Promulgación: 30/01/2018
Publicación: 15/02/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 25

   El Directorio por decisión fundada podrá autorizar la realización de un evento específico, extraordinario, no permanente, no negocial, ni bancario, comprendido dentro de las actividades culturales, sociales y de responsabilidad social, en cada oportunidad que lo considere necesario. La participación de los funcionarios en la referida actividad, habilitará la percepción de una gratificación especial por un importe diario de hasta $ 2.692 (dos mil seiscientos noventa y dos) por funcionario. El importe de la partida sumada a todas las retribuciones que perciba el funcionario en el mes que realizó la actividad, no podrá superar la remuneración equivalente al Grado Escala Patrón Única 46.0. Esta compensación no será incluida para el cálculo del valor de la hora extraordinaria establecido en el artículo 10°. Esta partida se aplicará de acuerdo a la reglamentación dictada por Directorio de fecha 15/05/2014 (acta Nro. 20.653) y modificativas.
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