Contratación trabajos externos - El crédito presupuestal autorizado dentro del objeto 299.700 - "Contratación de Trabajos Externos" tendrá por finalidad atender trabajos de carácter imprescindibles no pasibles de ser realizados por funcionarios del Banco (por falta de tiempo y/o oportunidad) y podrá utilizarse con la debida fundamentación y previa autorización del Directorio. No obstante su carácter no limitativo, su monto total utilizado no podrá superar el 80% del importe abonado por los conceptos que sustituye la contratación externa.
Los ajustes que se originen por su utilización deberán ser comunicados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la República, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16° de estas normas, detallando los mismos con su justificación técnica y económica.