{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ART. 7 DEL DECRETO 324/999 RELATIVO A MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS AFINES DE USO HUMANO" 
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    ,"fechaPromulgacion" : "07/02/2014" 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo N° 324/999 de 12 de octubre de 1999;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que en su Artículo 7° establece que a los efectos de la\r\npresentación ante el Ministerio de Salud Pública de la información\r\nrequerida por el Artículo 6° del referido Decreto, se considerarán los\r\ntextos vigentes del Codex Francés, la Farmacopea Europea y la U.S.P;\r\n\r\nII) que en el Artículo 38° del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción\r\nsobre la estructura institucional del MERCOSUR-Protocolo de Ouro Preto,\r\naprobado por la Ley N° 16.712 de 1° de setiembre de 1995, por la cual los\r\nEstados parte se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para\r\nasegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas\r\nemanadas de los Órganos correspondientes, previstos en el Artículo 2° del\r\nreferido Protocolo;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) lo actuado por la Comisión para armonizar las farmacopeas\r\nde los países de la región, conformada por la Comisión Intergubernamental\r\nde Política de Medicamentos, dependiente de la Reunión de Ministros de\r\nSalud del Mercosur y lo informado la División Evaluación Sanitaria del\r\nMinisterio de Salud Pública, corresponde proceder en consecuencia;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, lo establecido por la Ley N° 9.202\r\nde 12 de enero de 1934 \"Orgánica de Salud Pública\", por el Decreto -Ley N°\r\n15.443 de 5 de agosto de 1983 y por el Decreto N° 324/999 de 12 de octubre\r\nde 1999;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - SUSANA MUÑIZ - LUIS ALMAGRO - MARIO BERGARA - EDGARDO ORTUÑO - JOSÉ BAYARDI " 
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