El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Derogada/o por: Decreto Nº 431/022 de 27/12/2022 artículo 7.
VISTO: la existencia de activos informáticos destinados a la gestión interna de los procesos de los incisos que impactan en la gestión del presupuesto del Estado y la necesidad de promover una administración integrada y más eficiente de estos activos.
RESULTANDO: I) que el Ministerio de Economía y Finanzas ha constituido una línea de acción que tiene por objetivo fortalecer las capacidades en materia de planificación y ejecución del presupuesto público en los organismos ejecutores, contribuyendo a profundizar el desarrollo de herramientas que permitan contar con información objetiva, oportuna y de mayor calidad.
II) que la Agenda Uruguay Digital 2020 (AUD 2020) aprobada por Decreto N° 459/016, de 30 de diciembre de 2016, integra las diferentes iniciativas prioritarias para avanzar en la transformación digital del país de forma inclusiva y sustentable, mediante el uso inteligente de las tecnologías.
III) que el Objetivo VII "Gobierno integrado e inteligente" consagrado en la AUD 2020 consiste en profundizar el desarrollo de infraestructuras, plataformas, arquitecturas y sistemas para avanzar hacia una Administración que actúe como una unidad, e intensificar el aprovechamiento de los datos para la toma de decisiones, la orientación de políticas públicas y el mejoramiento permanente, mediante servicios proactivos que se anticipen a las necesidades.
CONSIDERANDO: I) que a efectos de cumplir con los objetivos mencionados, para fortalecer las capacidades de planificación y ejecución del presupuesto público, preservar los activos informáticos del Estado y propender a una mejor y más eficiente administración de los mismos, resulta necesario uniformizar los criterios funcionales y técnicos para su utilización y evolución.
II) que en ese sentido, se considera conveniente abordar los activos informáticos vinculados a la gestión interna de los procesos de los incisos que impactan en la gestión de presupuesto del Estado de los organismos ejecutores de la Administración Central.
III) que a fin de coordinar las acciones correspondientes a la gestión integral de los referidos activos, resulta necesario disponer la creación de un Comité Rector, integrado con representantes de la Unidad de Presupuesto Nacional (UPN) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), en mérito a los cometidos atribuidos a ambas entidades públicas.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA: