REGLAMENTACION DE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS PARA EL REGISTRO ANTE EL MTSS DE LA PLANILLA DE CONTROL DE TRABAJO DE EMPLEADORES INCLUIDOS EN EL AMBITO DE LAS CAJAS BANCARIA, NOTARAL Y DE PROFESIONALES




Promulgación: 02/10/2017
Publicación: 10/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 11

   Las empresas deberán incorporar a la Planilla de Control de Trabajo a los trabajadores, el día que ingresan, y la misma se renovará con carácter general, en forma anual, en los plazos y condiciones que disponga la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 18 (vigencia).
Ayuda