FIJACION DE UN REGIMEN DE PERCEPCION DE VIATICOS PARA LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 24/08/2012
Publicación: 30/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 615
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 Escalas.- El Poder Ejecutivo fijará las escalas de viáticos las que serán
ajustadas anualmente por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Los montos de los complementos por alojamiento o alimentación por
localidad o zona del país serán actualizados en forma semestral por el
Ministerio de Economía con asesoramiento del Ministerio de Turismo y
Deportes.-
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