{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "279" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA. INTEGRACION DE JUNTA CONSULTIVA Y ASESORA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/06/17/22" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/06/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/06/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 1415 
  } 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: la promulgación de la Ley Nº 18.462, de 8 de enero de 2009;\r\n\r\nRESULTANDO: I) la mencionada norma, entre otras disposiciones modifica el\r\nrégimen de dirección del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI),\r\nasí como su funcionamiento;\r\n\r\nII) el artículo 8º de la mencionada norma, crea una Junta Consultiva y\r\nAsesora del Directorio del Instituto Nacional de Vitivinicultura;\r\n\r\nCONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la forma de designación de los\r\ndistintos representantes de dicha Junta Consultiva y Asesora;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/279-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  La Junta Consultiva y Asesora del Directorio del Instituto Nacional de\r\nVitivinicultura creada por el Art. 8º de la Ley Nº 18.462 de 8 de enero de\r\n2009 se integrará de la siguiente manera:\r\nA)  Dos delegados de cada asociación gremial de primer grado del orden\r\n    vitícola y dos del orden bodeguero.\r\n    Estos delegados deben surgir de gremiales que cuenten por lo menos\r\n    con dos años de antigüedad;\r\nB)  Dos delegados de la Asociación de Enólogos del Uruguay;\r\nC)  Dos representantes de la Universidad de la República;\r\nD)  Un representante del Instituto Nacional de Investigación\r\n    Agropecuaria;\r\nE)  Un representante de la Dirección General de la Granja (DIGEGRA);\r\nF)  Un representante de la Escuela de Enología del Uruguay.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 18.462 de 08/01/2009 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18462-2009/8\" >8</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/279-2009/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/279-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El Directorio del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI)\r\nsolicitará a las instituciones mencionadas en el Art. 1º del presente\r\ndecreto que designen sus representantes a la Junta, y en el caso de los\r\nnumerales B a F se les solicitará que junto al titular se designe a un\r\nalterno para el caso de vacancia temporal de aquél.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/279-2009/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Junta se reunirá con el Directorio del INAVI, por lo menos dos veces\r\nal año, a instancias de éste, sin perjuicio de ello, podrá ser convocada\r\npor el mismo en cualquier momento que lo entienda pertinente. Su\r\nfuncionamiento será reglamentado por el propio Directorio del INAVI.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/279-2009/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Los integrantes de la Junta durarán cuatro años en sus funciones,\r\npudiendo ser reelegidos hasta por dos períodos consecutivos, sin perjuicio\r\nde que la Institución a quien representan tenga la potestad de hacerlos\r\ncesar en cualquier momento y nombrar al sustituto para que complete el\r\nperíodo.\r\nCada Institución que decida el cese de su delegado deberá comunicarlo\r\nformalmente y por escrito al Directorio del Instituto Nacional de\r\nVitivinicultura, proponiendo a quien lo sustituirá y a los quince días\r\nhábiles de la comunicación, el representante cesará en forma automática\r\ncomo integrante de la Junta y entrará en funciones el sustituto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/279-2009/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - ERNESTO AGAZZI - MARIA SIMON\r\n " 
 }