REGULACION DE LA PLANILLA DE TRABAJO UNIFICADA. DEROGACION DE LOS DECRETOS 108/007, 306/009, Y 173/015




Promulgación: 02/10/2017
Publicación: 10/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO II - DEL REGISTRO DE DATOS

Artículo 4

   Los Institutos privados habilitados para impartir enseñanza correspondiente al Ciclo Básico y Bachillerato diversificado, deben consignar las horas de clase semanales/mensuales que cumple cada profesor sin detallar el horario, dejando constancia de ello en el momento del registro.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 8, 27, 28 y 36 (vigencia).
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