El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO VII - DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 26
Lo dispuesto en el inciso primero del artículo precedente no inhibe la aplicación de las sanciones que correspondan por infracción a las disposiciones del Decreto N° 40/998, de 11 de febrero de 1998, y sus modificativos.