Visto: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad, del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en que se plantea la necesidad
de racionalizar el funcionamiento de las Zonas en la órbita de su
competencia, adecuando los límites geográficos de algunas de las mismas.
Resultando: a) Que de un estudio realizado por dicha Dirección Nacional
surge la inconveniencia de la actual delimitación de la Zona 10, así como
de la ubicación de su oficina sede. b) Que asimismo se ha considerado
conveniente modificar parcialmente el límite de las Zonas 4 y 5 sobre la
Ruta 31.
Considerando: Conveniente resolver en consecuencia, fijando: a) nuevos
límites a la Zona 10, reubicando su sede y adecuando su personal y medios;
b) así como también modificar el límite actual de las Zonas 4 y 5 sobre la
Ruta 31.
Atento: a lo expuesto:
El Presidente de la República
DECRETA:
Establécese que los límites de las Zonas 1, 2, 3, 9 y 10 de la
Dirección Nacional de Vialidad del MTOP, serán los siguientes:
Zona 1: por el Oeste, Ruta 1 hasta Río Santa Lucía y Ruta 11 hasta la
ciudad de Santa Lucía; por el Norte, Ruta 5 hasta Paso Pache, Ruta 6 hasta
San Ramón y Ruta 7 hasta Río Santa Lucía; por el Este, Ruta 12 hasta Ruta
108, Ruta 81 hasta Arroyo Solís Grande, Ruta 8 hasta Solís de Mataojo,
Ruta 9 hasta Arroyo Solís Grande e Interbalnearia hasta Arroyo Solís
Grande.
Zona 2: por el Oeste, Ruta 93 desde los Arrayanes, Ruta 9 desde Arroyo
Pan de Azúcar, Rutas 13 y 39 hasta Arroyo Aiguá; por el Norte, Ruta 14
hasta Paso Averías.
Zona 3: por el Oeste, Ruta 7 desde Cerro Chato; por el Noroeste, el Río
Negro; por el Sur, Ruta 8 desde Arroyo Pirarajá y Ruta 14 desde Paso
Averías.
Zona 9: por el Sur, Ruta 1 desde el Río Santa Lucía; por el Este, Ruta 11
desde el Río Santa Lucía y Ruta 14 desde el Arroyo Maciel; por el Norte,
Ruta 3 hasta Paso del Puerto; por el Oeste, Ruta 14 hasta Arroyo Grande,
Ruta 57 hasta Arroyo del Sauce, Ruta 12 hasta Ismael Cortinas y Ruta 1
hasta el Arroyo Cufré.
Zona 10: por el Oeste, Ruta 9 desde el Río Solís Grande, Ruta
Interbalnearia desde el Río Solís Grande, Ruta 8 desde Solís de Mataojo,
Ruta 12, desde Ombúes de Bentancur; por el Norte, Ruta 8 hasta Arroyo
Pirarajá; por el Este, Ruta 13, Arroyo Aiguá, Ruta 9, Arroyo Pan de
Azúcar, Ruta 10 hasta Piriápolis y Ruta 93 hasta los Arrayanes; por el
Sur, el Río de la Plata.
Establécese que el nuevo límite de las Zonas 4 y 5 de la Dirección
Nacional de Vialidad del MTOP, sobre la ruta 31 en el departamento de
Salto, será en el kilómetro 159.700 (intersección con camino a Pepe
Núñez).