{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "278" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "APLICACION AL CONVENIO SOBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL DE ENMIENDA 34 DE LAS NORMAS Y METODOS RECOMENDADOS INTERNACIONALES SERVICIO DE TRANSITO AEREO\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/06/23/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/06/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/06/1994" 
  ,"vistos" : "    Visto: la Enmienda 34 de las Normas y Métodos Recomendados\r\nInternacionales-Servicios de Tránsito Aéreo-Anexo 11 al Convenio sobre\r\nAviación Civil Internacional.\r\n\r\n   Resultando: I) que por Decreto 467/978 de 9 de agosto de 1978 se\r\ndeclaró incorporado al Derecho intero el texto de las Normas y Métodos\r\nRecomendados Internacionales incluidas las Enmiendas 1 a 25 y por Decretos\r\n96/982 de 16 de marzo de l982, 418/982 de 25 de noviembre de 1982, 514/983\r\nde 30 de diciembre de 1983, 187/987 de 31 de marzo de 1987, 334/988 de 26\r\nde abril de 1988 y 434/991 de 20 de agosto de 1991 las Enmiendas 27, 28,\r\n29, 30, 31, 32 y 33 respectivamente.\r\n\r\n   II) que el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional\r\nen la quinta sesión de su 138o. período de sesiones, celebrada el 26 de\r\nfebrero de 1993, adoptó la referida Enmienda la que no fue desaprobada por\r\nmás de la mitad de los Estados Partes en el plazo de que disponen para\r\nhacerlo.\r\n\r\n   Considerando: I) que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del\r\nreferido Convenio sobre Aviación Civil Internacional ratificado por Ley\r\n12.018 del 4 de noviembre de 1953 se ha fijado la aplicación Internacional\r\nde dicha norma a partir del 11 de noviembre de 1993.\r\n\r\n   II) que la citada enmienda no contiene disposiciones que contraríen la\r\nlegislación y el orden público internos, correspondiendo conforme a lo\r\nestablecido en los artículos 37 y 54 del mencionado Conveniosobre Aviación\r\nCivil Internacional, declarar incorporada, al derecho interno la Enmienda\r\nen vista.\r\n\r\n   Atento: a lo establecido por el artículo 72 de las Normas de Política\r\nAeronáutica aprobadas por Decreto 325/974 del 26 de abril de 1974, a lo\r\npreceptuado por el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, y a lo\r\ninformado por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura\r\nAeronáutica y la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/278-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase aplicable en el ámbito internacional a partir del 11 de\r\nnoviembre de 1993 la Enmienda 34 de las Normas y Métodos Recomendados\r\nInternacionales - Servicios de Tránsito Aéreo - Anexo 11 - al Convenio\r\nsobre Aviación Civil Internacional. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el \r\nDiario Oficial correspondiente.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/278-1994/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/278-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase en el derecho interno aplicable a partir de su publicación en\r\nel Diario Oficial la Enmienda 34 de las Normas y Métodos Recomendados\r\nInternacionales-Servicios de Tránsito Aéreo Anexo 11 al Convenio sobre\r\nAviación Civil Internacional.  \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/278-1994/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/278-1994/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a\r\nsus efectos. Cumplido, archívese. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " AGUIRRE RAMIREZ - DANIEL HUGO MARTINS - JOSE MARIA GAMIO - JUAN CARLOS\r\nRAFFO\r\n " 
 }