REGIMEN DE AMORTIZACION ACELERADA. IMPUESTOS




Promulgación: 05/10/1998
Publicación: 19/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 648
Referencias a toda la norma

Artículo 2

    (Inversiones alcanzadas). La amortización acelerada será aplicable a
los bienes muebles destinados al ciclo productivo y a los equipos para el
procesamiento electrónico de datos, incorporados entre el 1º de octubre de
1998 y el 31 de diciembre del 2000.-
Ayuda