CONTRALOR DE PRECIOS DE BIENES Y SERVICIOS. REGULACION DE LAS INSPECCIONES
DEL CONSEJO NACIONAL DE SUBSISTENCIAS Y CONTRALOR DE PRECIOS Y DE LA COMISION DE PRODUCTIVIDAD, PRECIOS E INGRESOS
Mantiénese la vigencia de las disposiciones sobre contralor de precios que
no se opongan a las contenidas en este decreto y en especial las
referentes al régimen de sanciones previsto en la ley 10.940,
modificativas y complementarias, el que será aplicable a las violaciones a
lo dispuesto en el artículo precedente.