El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 7
Comuníquese, publíquese y por el Departamento Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional remítase copia del presente Decreto a los Comandos Generales del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, al Estado Mayor de la Defensa, a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, a la Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas, al Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica. Cumplido, archívese.