AUTORIZACION POR UNICA VEZ EL USO DE DOS VACANTES DE ALFEREZ EXISTENTES EN LA SERIE INFORMATICA DEL SUB ESCALAFON TECNICO-PROFESIONAL DEL ESCALAFON DE APOYO. 1° DE FEBRERO DE 2020




Promulgación: 13/10/2020
Publicación: 21/10/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de autorizar por única vez el uso de las dos vacantes de Alférez existentes en la Serie Informática del Sub Escalafón Técnico-Profesional del Escalafón de Apoyo, a los efectos de conferir ascensos en la Serie Educación Física;

   RESULTANDO: que por el Decreto 411/999 de 28 de diciembre de 1999, con las modificaciones introducidas por los Decretos 304/000 de 24 de octubre de 2000, 61/013 de 21 de febrero de 2013 y 50/015 de 2 de febrero de 2015, se reglamenta el Escalafón de Apoyo del Comando General del Ejército y se establece la cantidad de efectivos del Sub Escalafón Técnico-Profesional en las Series de Ingenieros/Arquitectos, Contadores, Abogados, Informáticos, Educación Física y otras Profesiones Universitarias;

   CONSIDERANDO: I) que la utilización de dos vacantes disponibles en el mencionado Sub-Escalafón Serie Informática, para el ascenso al grado de Alférez en la Serie Educación Física, es para cubrir las necesidades del Ejército Nacional, por ser insuficiente el personal calificado en Educación Física para cumplir con las misiones y objetivos trazados en todo el territorio nacional;

   II) que la autorización solicitada no lesiona derechos adquiridos, ni cercena derecho al ascenso de funcionario alguno;

   III) que existen funcionarios actualmente en condiciones de ocupar las vacantes en la Serie Educación Física;

   IV) que la autorización proyectada, no constituye una nueva erogación para el Estado, en virtud que se utilizan los cargos ya existentes;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Comando General del Ejército y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorizar por única vez el uso de las dos vacantes de Alférez existentes en la Serie Informática del Sub Escalafón Técnico-Profesional del Escalafón de Apoyo, a los efectos de conferir ascensos en la Serie Educación Física.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Artículo 2

   Disponer que las vacantes deben ser oportunamente devueltas a la Serie Informática, en la medida que se vayan generando por ascenso al grado inmediato superior en la Serie Educación Física.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Artículo 3

   La presente norma regirá a partir del 1° de febrero de 2020.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército. Cumplido, archívese.

   LACALLE POU LUIS - JAVIER GARCÍA - AZUCENA ARBELECHE
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