REGLAMENTACION DEL ART. 292 DE LA LEY 19.355, RELATIVO A LOS COMETIDOS Y FUNCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA DEL MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Las unidades organizativas que asumen los cometidos de la División de Contralor de Semovientes serán competentes para la constatación de las infracciones a lo dispuesto por la Ley N° 14.165, de 7 de marzo de 1974, modificativas, concordantes y complementarias en lo que fueren aplicables.