REGLAMENTACION DEL ART. 447 DE LA LEY 18.719, RELATIVO ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA RELACIONADA CON EL CONTROL DE SALUD (EX CARNE DE SALUD) QUE SE OTORGA A LA POBLACION EN GENERAL Y A LAS PERSONAS QUE PRACTICAN DEPORTES FEDERADOS
Los requisitos previstos en el presente son, sin perjuicio de los exámenes específicos que corresponden según el tipo de actividad laboral, lo que está regulado de acuerdo a los riesgos que se determinen en cada rama de actividad. Así como la norma específica que regula los controles en salud que deben realizarse las mujeres, los niños y adolescentes o cualquier otra actividad que requiera exámenes específicos.