REGLAMENTACION DEL ART. 447 DE LA LEY 18.719, RELATIVO ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA RELACIONADA CON EL CONTROL DE SALUD (EX CARNE DE SALUD) QUE SE OTORGA A LA POBLACION EN GENERAL Y A LAS PERSONAS QUE PRACTICAN DEPORTES FEDERADOS




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 447.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO I - CONTROL EN SALUD

Artículo 7

   Los requisitos previstos en el presente son, sin perjuicio de los exámenes específicos que corresponden según el tipo de actividad laboral, lo que está regulado de acuerdo a los riesgos que se determinen en cada rama de actividad. Así como la norma específica que regula los controles en salud que deben realizarse las mujeres, los niños y adolescentes o cualquier otra actividad que requiera exámenes específicos.
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