REGLAMENTACION DEL ART. 447 DE LA LEY 18.719, RELATIVO ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA RELACIONADA CON EL CONTROL DE SALUD (EX CARNE DE SALUD) QUE SE OTORGA A LA POBLACION EN GENERAL Y A LAS PERSONAS QUE PRACTICAN DEPORTES FEDERADOS
Se podrán convalidar los exámenes paraclínicos realizados en los doce (12) meses previos. Los exámenes paraclínicos y vacunas tendrán la validez establecida en las normas correspondientes.