{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "274" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION AUTORIZACION CONCEDIDA AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA PARA IMPORTAR TRIGO TIPO PAN\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/06/08/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/05/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/06/1979" 
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  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1527 
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  ,"vistos" : "   Visto: el decreto 145/979, de 7 de marzo de 1979, por el que se\r\nautorizó al Ministerio de Agricultura y Pesca a comprar, en el exterior,\r\nhasta 80.000 toneladas métricas de trigo tipo pan.\r\n\r\n  Resultando: I) Dicho decreto estimó el déficit triguero para el\r\ncorriente año en aproximadamente 220.000 toneladas y reguló la\r\nautorización antes mencionada sobre la base de que los agentes privados\r\nimportarían, en forma directa, alrededor de 140.000 toneladas;\r\n\r\nII) Hasta la fecha dichos agentes han concretado compras en el exterior\r\npor algo más de 50.000 toneladas, con las que estiman haber quedado\r\nabastecidos hasta fines del mes de julio próximo. El grupo de industriales\r\nmolineros que ha participado en esas adquisiciones ha hecho saber al\r\nMinisterio de Agricultura y Pesca que, para los cuatro meses posteriores,\r\ntiene interés en ser abastecido bajo el régimen de ventas a que se refiere\r\nel artículo 3º del decreto 145/979, ya citado; tales ventas vienen siendo\r\nefectuadas por dicha Secretaría de Estado a aquellas firmas molineras que\r\nno hicieron importaciones en forma directa.\r\n\r\n  Considerando: I) Necesario, frente a esta nueva situación, ampliar la\r\nautorización que por el artículo 1º del decreto premencionado se concedió\r\nal Ministerio de Agricultura y Pesca;\r\n\r\nII) Conveniente -asimismo- facultar al Ministerio de Agricultura y Pesca\r\npara efectuar negociaciones directas con organismos oficiales de los\r\npaíses proveedores.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto por la ley 10.940, de 19 de setiembre de 1947,\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/274-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase, hasta 170.000 toneladas, la autorización concedida al\r\nMinisterio de Agricultura y Pesca, para la adquisición en el exterior de\r\ntrigo-pan por el artículo 1º del decreto 145/979, de 7 de marzo de 1979.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/274-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Dicha Secretaría de Estado podrá contratar adquisiciones directas con\r\norganismos oficiales de los países proveedores, en un todo de acuerdo con\r\nlo que dispone el inciso g) del numeral 3º del artículo 29 del decreto\r\n104/968, de 6 de febrero de 1968.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/274-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Dese cuenta al Consejo de Estado.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/274-1979/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - JORGE LEON OTERO - ADOLFO FOLLE MARTINEZ -  VALENTIN ARISMENDI -\r\nEDUARDO J. SAMPSON\r\n " 
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