{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "271" 
  ,"anioNorma" : 2019 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ART. 94 DEL DECRETO 150/007 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL IRAE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2019/09/26/15" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/09/2019" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/09/2019" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el régimen fiscal vigente en materia de activos intangibles.\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que el artículo 94 del Decreto N° 150/007 de 26 de abril de 2007, establece el régimen general en materia de cómputo y de amortización de los referidos activos.\r\n\r\n   II) que el artículo 94 bis de dicho decreto regula el derecho de que son titulares los contratistas de Participación Público - Privada y los concesionarios de obra pública.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que existen concesiones públicas que no califican en los contratos previstos en el referido artículo 94 bis.\r\n\r\n   II) que el Poder Ejecutivo está facultado para establecer normas de valuación especiales a efectos de la liquidación de los tributos, para todos aquellos rubros y operaciones que no tengan previsto un tratamiento tributario específico. \r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 37 del Título 4 del Texto Ordenado 1996,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/271-2019/1" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo agregó a:</font></b> Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/150-2007/94\" >94</a> \r\ninciso 8º).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/271-2019/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI " 
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