{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "270" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "RETENCION PARA EL FONDO DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD LECHERA. MARZO 2007. PRORROGA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/09/09/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "05/09/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/09/2005" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2005 
  ,"pagina" : 557 
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  ,"vistos" : " VISTO: que la ley Nº 17.582, de 2 de noviembre de 2002 crea el Fondo de\r\nFinanciamiento de la Actividad Lechera;\r\n\r\nRESULTANDO: I) la norma mencionada establece que dicho Fondo se\r\nfinanciará mediante una retención por litro que se aplicará a todas las\r\nmodalidades de leche fluida destinadas al consumo;\r\n\r\nII) asimismo determina que el reajuste de esa retención se realizará en\r\nfunción de la variación entre la cotización del dólar interbancario\r\ncomprador del último día hábil del mes anterior a la fecha del decreto\r\npor el que se establece la nueva fijación, y el utilizado en la\r\ndeterminación vigente.\r\nComo base inicial se considerará la cotización de $ 28 (veintiocho pesos\r\nuruguayos) por dólar;\r\n\r\nIII) la cotización del dólar interbancario comprador del 31 de enero de\r\n2005 se situó en $ 24.65 (veinticuatro pesos uruguayos con sesenta y\r\ncinco centésimos) por dólar;\r\n\r\nIV) la cotización del dólar interbancario comprador del 29 de julio de\r\n2005 se situó en $ 24.50 (veinticuatro pesos uruguayos con cincuenta\r\ncentésimos).\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que corresponde proceder a la actualización del valor\r\ndel monto de la retención mencionada, que regirá hasta el 28 de febrero\r\nde 2006;\r\n\r\nII) que la diferencia entre ambas cotizaciones aplicada al monto de la\r\nretención, implica una diferencia inferior a un centésimo.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto precedentemente,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/270-2005/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Prorrógase hasta el 1º de marzo de 2006 el monto de la retención fijado\r\npor Decreto Nº 83/005, de 24 de febrero de 2005, con la que se financia\r\nel Fondo de Financiamiento de la Actividad Lechera, creado por la Ley Nº\r\n17.582, de 2 de noviembre de 2002.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - JOSE MUJICA - DANILO ASTORI\r\n " 
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