{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "270" 
  ,"anioNorma" : 2000 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO PARA LA PRODUCCION Y CONTROL DE CALIDAD DE\r\nHEMODERIVADOS DE ORIGEN PLASMATICA. RESOLUCION GMC 33/99\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2000/09/28/23" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/09/2000" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/09/2000" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2000 
  ,"pagina" : 360 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la resolución Nº 33/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR por la\r\nque se aprobó la actualización del \"Reglamento Técnico para Producción y\r\nControl de Calidad de Hemoderivados de Origen Plasmática\";\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional\r\nal Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR\r\n-Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º. de\r\nsetiembre de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a\r\nadoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos\r\nterritorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos\r\ncorrespondientes previstos en el artículo 2º del referido Protocolo;\r\n\r\nII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas\r\nen el VISTO;\r\n\r\nIII) lo informado por la División Jurídico-Notarial y la División Control\r\nde Calidad del Ministerio de Salud Pública;\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º y siguientes de la Ley No.\r\n9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/270-2000/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptase el \"Reglamento Técnico para Producción y Control de Calidad de\r\nHemoderivados de Origen Plásmatica\", aprobado por la resolución Nº 33/99\r\ndel Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se anexa al presente y forma\r\nparte integral del mismo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/270-2000/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/270-2000/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El presente Decreto regirá a partir de su publicación en el Diario\r\nOficial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/270-2000/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del\r\nMercosur, publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - HORACIO FERNANDEZ - GUILLERMO VALLES\r\n " 
 }