{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "270" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "OTORGAMIENTO DE UN COMPUTO JUBILTORIO A LOS EMPLEADOS TECNICOS \r\nPROFESIONALES DE LOS CASINOS MUNICIPALES DE MONTEVIDEO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/07/01/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/06/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/07/1993" 
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  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 569 
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  ,"vistos" : "    Visto: A) El planteamiento formulado por la Asociación de Empleados\r\nTécnicos Profesionales de los Casinos Municipales de Montevideo, cuyo\r\ncontenido se refiere específicamente a una solicitud de cómputo\r\njubilatorio bonificado, para aquellos profesionales que desempeñan su\r\ntarea en las salas de juego de dichos casinos;\r\n\r\nB) Que estos antecedentes fueron derivados a la Comisión creada por\r\nResolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de octubre de 1990, que\r\nestudia todo lo referente a los servicios bonificados estatuidos en el\r\nartículo 70 del Acto Institucional Nº 9.\r\n\r\n   Considerando: A) La referida Comisión solicitó a los interesados una\r\nexhaustiva documentación que ilustró en forma clara acerca de la situación\r\nde estos trabajadores profesionales;\r\n\r\nB) En efecto, del estudio de los informes aportados surge con total\r\nclaridad que estos funcionarios profesioonales desempeñan su tarea en\r\nunas Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CYMAT) que determinan la\r\naparición de afecciones a su salud, hay reconocidas como enfermedades\r\nde causa multifactorial;\r\n\r\nC) Estas CYMAT comprenden:\r\n\r\n* El horario en que se desarrollan -durante la noche-, que no contempla el\r\nritmo circadiano normal con sus secuelas en la salud física y también en\r\nla psico-social de los mencionados profesionales: esto es, la\r\nimposibilidad de tener una vida de relación familiar y social adecuadas.\r\n\r\n* Las posturas antiergonómicas en que realizan sus tareas, que repercuten\r\nen su aparato osteo-mio-articular.\r\n\r\n* El ritmo y carga de trabajo, que está fijado para cada juego en\r\nparticular y debe ser cumplido estrictamente en cada turno de trabajo.\r\n\r\n* Las características inherentes al propio trabajo: se cumple con un\r\npúblico heterogéneo; realizando un manejo exacto de valores; con controles\r\nconstantes sobre apuestas y apostadores.\r\n\r\n   Y todo esto en un clima de creciente stress, determinado por la alta\r\ndosis de responsabilidad del profesional que la realiza, que tiene dos\r\naristas bien definidas y enfrentadas: la economía del empleador y la del\r\napostador. Cualquier descuido que el profesional cometa y acarree un\r\nperjuicio a estos sujetos cuyo enfrentamiento arbitra, puede costarle el\r\ncargo;\r\n\r\nD) Esta muy suscinta descripción de las CYMAT se ve reforzada por serios y\r\nprofundos estudios epidemiológicos, de donde surge que estos profesionales\r\npadecen tres tipos fundamentales de patologías: osteomioarticular,\r\nneuropsiquiátrica y respiratoria;\r\n\r\nE) De lo expuesto se puede concluir que, dadas estas CYMAT y las\r\npatologías que afectan a estos profesionales, a determinada altura\r\ncronológica de la vida aparecen signos y síntomas de debilitamiento de\r\nlas funciones sensoriales; de la rápida coordinación psicomotriz -\r\nindispensable para el cumplimiento de su tarea; diversas afecciones de\r\ncolumna cervical y lumbar con la consiguiente incapacidad para el\r\ndesarrollo de su tarea;\r\n\r\nF) Si bien el estudio precedente alcanzaría por si solo, para dar una\r\nrespuesta afirmativa a este petitorio, esta Comisión quiere hacer expresa\r\nmención al informe del Dr. José María Reyes Terra de fecha 21 de noviembre\r\nde 1957 y que le permitía concluir que debía mejorarse \"el beneficio en el\r\ntrance jubilatorio\" con una bonificación en el coeficiente respectivo. Y\r\nesta mención, por dos razones en particular: la primera, por la jerarquía\r\nintelectual y moral del informante y la segunda, porque la situación que\r\nen ese informe se describe, sobre las características del trabajo que\r\ndesarrollan los funcionarios de salas de juego, no ha cambiado\r\nsustancialmente a la época actual;\r\n\r\nG) Todos los antecedentes técnicos fueron estudiados en forma\r\npormenorizada por los médicos integrantes de esta Comisión, lo que\r\npermitió concluir que esta específica actividad debía tener una\r\nbonificación en el cómputo jubilatorio. Si bien algunos de los factores\r\nque incrementan la incidencia de patología respiratoria, pueden ser\r\nmejorados con un correcto mantenimiento de las instalaciones de\r\nventilación localizada o aumentando ésta en algunos sectores de las salas\r\nde juego, es dable concluir que aquellos factores esenciales ya señalados\r\ny que constituyen la médula misma del riesgo mayor de la tarea, no se\r\npueden modificar en absoluto.\r\n\r\n   Atento: a todo lo expuesto precedentemente,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/270-1993/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Otórgase un cómputo jubilatorio bonificado de cinco años por cada\r\ncuatro años de servicios, a los Empleados Técnicos Profesionales de los\r\nCasinos Municipales de Montevideo.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/270-1993/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY\r\n " 
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