{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "27" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "DETERMINACION DE LOS LIMITES DE LA 2DA. Y 3RA. CIRCUNSCRIPCION MARITIMA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/01/25/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/01/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/01/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 94 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: los antecedentes elevados por la Prefectura Nacional Naval al\r\nComando General de la Armada, por los cuales solicita designar como\r\nPrefectura, a la actual Subprefectura de Fray Bentos, como así también\r\nJefatura de la 5ª Circunscripción, para lo cual es necesario la fijación\r\nde nuevos límites.\r\n\r\n Que la modificación de la 5ª Circunscripción implica nuevos límites para\r\nla 2ª Circunscripción.\r\n\r\n Que por decreto del 11 de agosto de 1934, se establecieron los límites de\r\nla 2ª Circunscripción y por decreto del 5 de mayo de 1939, los\r\ncorrespondientes a la 5ª Circunscripción.\r\n\r\nAtento: a que las modificaciones propuestas además de resultar necesarias,\r\nllevan a la 2ª Circunscripción, a ocupar totalmente los límites\r\ngeográficos del departamento de Colonia y que la Jerarquía alcanzada por\r\nla Subprefectura del Puerto de Fray Bentos y su jurisdicción, en la que se\r\nincluye el Puente Fray Bentos-Puerto Unzué, justifica las modificaciones\r\npropuestas,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/27-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Establécese que los límites de la 2ª Circunscripción Marítima comprenden\r\nlas aguas del Río de la Plata desde la desembocadura del Arroyo Cufré\r\nhasta el Arroyo del Sauce (límite entre los departamentos de Colonia y\r\nSoriano). La Prefectura del Puerto de Colonia, será Jefatura de la\r\nCircunscripción, dependiendo de ella la Prefectura del Puerto de Carmelo y\r\nlas Subprefecturas de Juan L. Lacaze y Nueva Palmira.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/27-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Los límites de la 5ª Circunscripción estarán comprendidos entre el\r\nArroyo del Sauce hasta la desembocadura del Arroyo del Bote (Km. 165 del\r\nRío Uruguay). Elévase a la categoría de Prefectura a la Subprefectura de\r\nFray Bentos, que será la Jefatura de esta Circunscripción de la cual\r\ndependerán: los Destacamentos de Mercedes y Nuevo Berlín y en lo que tenga\r\nrelación con la Autoridad Marítima, el paso de frontera del Puente Fray\r\nBentos-Puerto Unzué.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/27-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - WALTER RAVENNA\r\n " 
 }