PRORROGA AL REGIMEN DE EXONERACIONES TRIBUTARIAS A LAS IMPORTACIONES AL SECTOR AGROPECUARIO




Promulgación: 08/06/1994
Publicación: 20/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 674
 Visto: el decreto 385/991, de 24 de julio de 1991.

 Resultando: I) Por el mencionado Decreto se exoneró hasta el 31 de
diciembre de 1992, del pago de la Tasa Global Arancelaria a la importación
de maquinaria y equipos de uso agropecuario, no competitivos con los de
fabricación nacional;

II) Por los decretos 570/992 de 10 de noviembre de 1992 y 581/993 de 22 de
diciembre de 1993 se prorrogaron los plazos  de exoneración hasta el 31 de
diciembre de 1993 y hasta el 30 de junio de 1994.

 Considerando: conveniente prorrogar el plazo de la mencionada exoneración
por seis meses más.

 Atento: a lo expuesto precedentemente,

 El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1994, el plazo de la exoneración
establecida en el artículo 1º del decreto Nº 385/991 de 24 de julio de
1991.

LACALLE HERRERA - PEDRO SARAVIA - SERGIO ABREU - GUSTAVO LICANDRO - MIGUEL
ANGEL GALAN
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