INTEGRACION DE LA JUNTA HONORARIA FORESTAL




Promulgación: 05/08/1983
Publicación: 16/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 261
Visto: estos antecedentes relacionados con la integración de la Junta
Honoraria Forestal.

Resultando: la Junta Honoraria Forestal, con fecha 4 de abril de 1983,
solicitase amplíe la integración de la misma, en la forma que aconseja y
se designen Presidente y delegados del Poder Ejecutivo ante la misma.

Considerando: conveniente proveer en la forma sugerida por la Junta
Honoraria, Forestal.

Atento: a lo informado por la Dirección Forestal y a lo preceptuado por
los decretos de fechas 19 de junio de 1935 y 9 de enero de 1945,

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

  Desígnanse a las siguientes personas para integrar, en representación
del Poder Ejecutivo, la Junta Honoraria Forestal, creada por decreto de
fecha 9 de enero de 1945: Ing. Agr. Rosario Pou, que la presidirá: Ing.
Agr. Gabriel J. Caldevilla, Ing. Agr. Carlos Mezzottoni contador Carlos
Voulminot y escribano Jorge Maisonnave.

 Además, integrase la referida Junta Honoraria Forestal, con
representantes del Banco de la República Oriental del Uruguay, Consejo
de Educación Secundaria Básica y Superior, Instituto Nacional de
Colonización, Rotary Club, Club de Leones e Industriales Madereros.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 19/08/1983.

ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - LIONEL O. RIAL - RAQUEL LOMBARDO DE DE 
BETOLAZA
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