REGLAMENTACION DE LA LEY 19.253 RELATIVA A LA REGULACION DE LA ACTIVIDAD TURISTICA (AGENCIAS DE VIAJE)




Promulgación: 05/10/2015
Publicación: 09/10/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.253 de 28/08/2014.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   En caso de garantía constituida mediante seguro de fianza, las denuncias que se presenten en vía administrativa con motivo de presuntos incumplimientos por parte de prestadores de servicios turísticos, serán comunicadas por el Ministerio, dentro del plazo de 30 días, a la entidad aseguradora del prestador, lo que determinará la afectación preventiva del seguro constituido. Para el caso que la participación de un prestador inscripto surgiera de la actuación administrativa del Ministerio el referido plazo comenzará a computarse a partir del informe que detecte dicha participación.
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