VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Defensa Nacional,
solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se
comprobaron en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto No. 18.719 de
27 de diciembre de 2010.-
RESULTANDO: I) que al elaborarse la ley de Presupuesto Nacional se padeció
error en la categorización de algunas partidas presupuestales en los
programas correspondientes.
CONSIDERANDO: que el artículo 5 de la Ley No. 18.719, de 27 de diciembre
de 2010, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las correcciones de los
errores u omisiones que se comprueben en el Presupuesto Nacional.
ATENTO: a lo informado por Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la
Contaduría General de la Nación y a la no objeción de la Asamblea General
a efectuar la corrección solicitada.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA: