APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 2001




Promulgación: 12/07/2001
Publicación: 17/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 88
Referencias a toda la norma

Artículo 14

 RETIRO INCENTIVADO.
Se aplicará un plan de retiro incentivado a funcionarios sin causal 
jubilatoria de veinticuatro sueldos y para aquellos que tienen causal una 
escala que varía entre tres y dieciocho sueldos en función de los años 
que restan para configurar el retiro obligatorio. El incentivo se abonará 
en treinta y seis cuotas mensuales. Este plan se someterá a consideración 
de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
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