{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "265" 
  ,"anioNorma" : 2015 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DEL \"PREMIO NACIONAL DE URBANISMO\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2015/10/02/39" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/09/2015" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/10/2015" 
  ,"vistos" : "    VISTO: las competencias asignadas al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial Ambiente, por la ley 16.112 de 30 de mayo de 1990, en materia de formulación, ejecución, supervisión y evaluación de los planes de vivienda, así como de la formulación, ejecución, supervisión y evaluación de los planes nacionales de desarrollo urbano y territorial y la instrumentación de la política nacional en la materia;\r\n\r\n   RESULTANDO: que es voluntad del Estado estimular e incentivar las acciones tendientes a la promoción y educación en materia de vivienda, ordenamiento territorial, gestión y planificación urbana y territorial, así como aquellas vinculadas a la investigación de los grandes temas que afectan la calidad y el manejo ordenado de las ciudades y el territorio; \r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que a tales efectos se estima conveniente instituir el Premio Nacional de Urbanismo, que será otorgado anualmente por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;\r\n\r\n   II) que el mencionado Premio, en sus diferentes categorías será adjudicado a aquellas personas y/o instituciones que, a juicio del Ministerio citado, previo pronunciamiento del Tribunal o los Tribunales integrados por expertos en la temática designados por el referido Ministerio, hayan realizado contribuciones significativas y relevantes en la materia;\r\n\r\n   III) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, determinará y publicitará cada año, con suficiente antelación, las Bases y condiciones de la premiación a realizar en la oportunidad respectiva;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la ley 16112 de 30 de mayo de 1990 y artículo 82 de la ley 18.308 de 18 de junio de 2008;\r\n\r\n                      El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/265-2015/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase el \"Premio Nacional Ordenamiento Territorial y Urbanismo\", el que será otorgado cada dos años por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, conforme a las Bases que se establezcan en cada caso por parte del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, las que deberán promover la más amplia participación. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 158/021 de 26/05/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/158-2021/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 265/015 de 28/09/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/265-2015/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/265-2015/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial constituirá a tales efectos el Tribunal o los Tribunales respectivos, integrados por miembros de reconocida competencia designados por el Ministro. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 158/021 de 26/05/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/158-2021/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 265/015 de 28/09/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/265-2015/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/265-2015/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El Tribunal o los Tribunales así designados serán los que evalúen y determinen la adjudicación de las distinciones a otorgar, siendo el Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, quien haga entrega de las mismas. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 158/021 de 26/05/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/158-2021/3\" >3</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 265/015 de 28/09/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/265-2015/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/265-2015/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    RAÚL SENDIC - JORGE RUCKS " 
 }