REDUCCION DE GRAVAMENES A LAS ADQUISICIONES DE GASOIL PARA LOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS. TRIBUTOS




Promulgación: 25/07/2007
Publicación: 30/07/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 211

Artículo 3

 A efectos de la aplicación de los límites máximos de deducción a que
refiere el artículo 5º del Decreto Nº 62/003, de 13 de febrero de 2003, en
caso de existir más de un porcentaje en el transcurso del ejercicio, se
tomará el monto de facturación correspondiente a cada período en el cual
estuvieron vigentes dichos porcentajes. 
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