REGLAMENTACION DE SERVICIOS DE APLICACION TERRESTRE DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS




Promulgación: 28/07/2004
Publicación: 03/08/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 210
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL REGISTRO Y AUTORIZACION DE EMPRESAS

Artículo 3

 De acuerdo a los requisitos y condiciones que se establezcan según lo 
dispuesto en el artículo anterior, la Dirección General de Servicios 
Agrícolas evaluará la idoneidad de las empresas aplicadoras para el 
manejo correcto de los productos fitosanitarios, así como de los equipos 
de aplicación a utilizar acorde a las técnicas propuestas.

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