La amortización de estos Bonos se realizará en cuotas anuales, según la
forma que reglamentará el Banco Central del Uruguay, rescatando a la par
y hasta completar un monto equivalente a 1/8 del total emitido, los
títulos que le sean presentados en el período comprendido entre el 1º y el
15 de agosto de cada año.
Vencido cada período anual se cerrará la amortización correspondiente y
el remanente, si lo hubiere, se acumulará a rescate final.
El primer período de amortización comenzará a partir del 1º de agosto
de 1990.
El valor de los Bonos del Tesoro rescatados será pagado en dólares de
los Estados Unidos de América.