Visto: la iniciativa presupuestal de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado correspondiente al ejercicio 1984.
Considerando: que la oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República Carpeta 123.599, su dictamen.
Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo y de Operaciones Financieras de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a regir desde el 1º de
enero de 1984, de acuerdo con la apertura siguiente: (*)