{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "261" 
  ,"anioNorma" : 2018 
  ,"nombreNorma" : "SUSTITUCION DE LOS ARTICULOS 8, 10 Y 11 DEL DECRETO 261/007 RELATIVO AL CENTRO DE CAPACITACION Y PRODUCCION \"CECAP\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2018/09/03/13" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/08/2018" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/09/2018" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la necesidad de modificar los artículos 8, 10 y 11 del Decreto del Poder Ejecutivo 261/007 de 24 de julio de 2007, reglamentario del artículo 324 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001.\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que dicha norma faculta al Centro de Capacitación y Producción \"CECAP\", a prestar servicios técnicos, asesoría y diagnósticos, así como la comercialización de los productos y servicios de sus talleres de capacitación y producción que le fueren requeridos por los particulares, instituciones públicas o privadas.\r\n\r\n   II) que como contraprestación de los servicios técnicos y de la comercialización de productos que le sean solicitados, podrá percibir precios o tarifas.\r\n\r\n   III) que el artículo 8 del Decreto 261/007 de 24 de julio de 2007 prevé que la recaudación percibida como contrapartida de la prestación de servicios técnicos de asesoría, servicios de los talleres y producción de bienes, se le deducirán los porcentajes determinados en los artículos 6 y 7 del referido Decreto, constituyendo un recurso para la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura en calidad del reintegro del gasto.\r\n\r\n   IV) que asimismo el artículo 10 del Decreto referido establece que será el Ministerio de Educación y Cultura, quien reglamente la distribución del monto a pagar a los alumnos.\r\n\r\n   V) que a su vez el artículo 11 de dicha norma prevé que los gastos de funcionamiento e inversiones del Centro se imputarán contra los créditos y proyectos correspondientes de la Unidad Ejecutora 001, Dirección General de Secretaría.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que el artículo 211 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013, crea en el Inciso 11 \"Ministerio de Educación y Cultura\" la Unidad Ejecutora 002 \"Dirección de Educación\", previendo que los créditos presupuestales asignados a la ex Dirección Nacional de Educación dependiente de la Unidad Ejecutora 001 \"Dirección General de Secretaría\", se transfieran a la Unidad Ejecutora creada.\r\n\r\n   II) Que en consecuencia corresponde actualizar en este sentido la normativa vigente respecto a lo expuesto en los Resultandos III), IV) y V), disponiendo la modificación de los artículos 8, 10 y 11 del Decreto 261/007 de 24 de julio de 2007.\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 181 de la Constitución de la República y artículos 324 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, 211 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013 y Decreto 261/007 de 24 de julio de 2007.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 261/007 de 24/07/2007 \r\nartículos <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/261-2007/8\" >8</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/261-2007/10\" >10</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/261-2007/11\" >11</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/261-2018/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ; DANILO ASTORI\r\n " 
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