MODIFICACION DE LOS MULTIPLICADORES ASIGNADOS A LAS PARTIDAS DE ETIQUETA PARA LOS JEFES DE MISIONES DIPLOMATICAS PERMANENTES




Promulgación: 15/05/1979
Publicación: 30/05/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1502
   Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de 3 de octubre de 1978 que fija
las partidas de etiqueta a liquidar a los Jefes de Misiones diplomáticas
permanentes.

   Resultando: que se ha recibido información complementaria que determina
la necesidad de realizar ajustes.

   Atento: a lo dispuesto por la ley 12.801 de 30 de noviembre de 1960.

     El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Modifícanse los multiplicadores asignados por el decreto de 3 de
octubre de 1978 de acuerdo al siguiente detalle:

     925 para Suiza.
     575 para República Dominicana y Santa Sede.
     475 para Nigeria.
     375 para Australia.

Artículo 2

   Las erogaciones serán atendidas con cargo a los Renglones 081 y 089 del
Programa 1.02 del Inciso 6, Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.-

MENDEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ
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